Tercería

Si los bienes de su propiedad fuesen embargados por una deuda ajena, usted tiene la posibilidad de intentar una Tercería de Posesión, la cual, tiene por objeto que el tribunal que está conociendo de un juicio ejecutivo reconozca que los bienes embargados son de un tercero ajeno al juicio y la deuda, motivo por el cual aquellos bienes embargados deben ser excluidos del pago de la deuda. Recordamos que esto sólo se puede efectuar una vez producido el embargo

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